Damos primacía a las personas
El Estado tal como se nos presenta hoy en día tiene como objetivo atender las necesidades básicas de sus ciudadanos – queremos cada vez más y mejor Estado Social -, primando por la satisfacción de las necesidades públicas e interviniendo activamente en la vida de los ciudadanos, en la redistribución de la riqueza y en la promoción de igualdad, concediendo bienes a quienes más los necesitan y prestando servicios esenciales a las poblaciones (por ejemplo, justicia, defensa nacional, seguridad, servicios médicos, enseñanza, construcción de carreteras, pensiones, concesión de subsidios, etc.).
Para perseguir esos fines públicos, que implican gastos, el Estado necesita ingresos, siendo los impuestos su principal, y casi exclusiva, fuente. En el fondo, los impuestos son un mal necesario, son el alto precio que todos pagamos por nuestra vida en sociedad, por la concretización del bien estar general, por el aumento de calidad de vida, por la promoción de igualdad y por la realización de los derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, a través de la transformación y modernización de las estructuras económicas sociales llevada a cabo por el Estado.
La Administración Tributaria, encargada de realizar los intentos de recaudación de impuestos necesarios para alimentar la maquina estatal, busca desenfrenada y, muchas veces, de manera arbitraria e incontrolable lograr esta oportunidad. En esta búsqueda se verifica, infelizmente con mayor frecuencia de la deseada, graves atropellos a los derechos de los contribuyentes, excesos y errores de contabilidad o de liquidación. La falta de fundamentación (imperativo constitucional) patente en la mayoría de las decisiones emanadas por la Administración Tributaria y los constantes atropellos de otras formalidades exigidas por la ley son frecuentes e inaceptables. Así, no es raro que se lleve a cabo un marco legal erróneo. Hay poca o ninguna información proporcionada a los contribuyentes sobre la forma y os medios de reacción a las decisiones y otra de las realidades a combatir.
Desenvolvemos por eso una actividad ardua pero fructífera en el área del derecho fiscal, bien sea una vertiente terapéutica o curativa (arbitraje y contencioso tributario), bien sea una fase preventiva o de diagnóstico (asesoramiento y planificación). Brindamos asesoramiento fiscal, concretamente en el ámbito de los impuestos sobre la renta (IRS e IRC), los impuestos sobre el consumo (IVA e IEC) y los impuestos sobre el patrimonio (IMI, IMT, IS, ISV e IUC), así como en los casos de impuestos cuasi fiscales, como los referidos a la Seguridad Social, actuando a nivel de consultoría, emisión de pareceres y opiniones fiscales, pedidos de información previa vinculativa, reclamaciones, recursos jerárquicos, pedidos de revisión oficial, solicitudes de devolución, arbitraje, impugnaciones judiciales y recursos.
En estas materias sustantivas y en estas áreas procesales, consulte siempre con un abogado.